Mucha gente parece no entender, o se niega a entender, que más de la mitad de Somalia se compone de mares que rodean todo el país. Esto hace a los océanos vitales para la supervivencia de la población somalí. |
Las aguas territoriales de Somalia (AT), declaradas en 1972, consisten en un área de 825.052 km2. En 1989, la zona económica exclusiva (ZEE) se superpone con la misma superficie que la AT. Una superficie adicional de 55.895 km2 de la zona de plataforma continental (ZPC) constituye el territorio marino de Somalia.
La suma de la superficie total interna de Somalia, de 637.657 km2, junto con las AT y la ZEE, conforman un total de 1.462.709 km2, que sumados a la ZPC resultan 1.518.604 km2.
Con estas cifras esperamos poner de manifiesto la importancia de las aguas marinas para el pueblo de Somalia y también por qué los intereses creados tratan de meter mano en estas aguas, tratando de este modo de hacer retroceder los intereses del pueblo somalí.
EL RÉGIMEN LEGAL
Somalia tiene 200 millas náuticas (MN) de aguas territoriales, basado en la Ley N º 37 del Mar Territorial y Puertos, del 10 de septiembre de 1972. Esta ley establece claramente que la pesca en las aguas territoriales y el transporte regular de personas y mercancías entre los puertos de Somalia está reservado para los buques que enarbolan la bandera de Somalia, y otros buques autorizados con licencia y permiso del gobierno somalí legítimo y no por un gobierno regional.
A estados como EE.UU. no les gusta reconocer y/o respetar esta ley y presionan a los Estados para que renuncien a su 200MN de las aguas territoriales fijados con los instrumentos de la ley. Mientras tanto, por razones de soberanía nacional o de seguridad, EE.UU. no ha ratificado aún la Convención de las Naciones Unidas sobre la Ley del Mar (UNCLOS) y presionó para que se modificaran sus disposiciones, ya que de otro modo se limitarían sus derechos.
A muchos pueblos y estados de todo el mundo no les gusta que EE.UU. no respete muchas leyes o convenciones internacionales como la prohibición de minas terrestres. Una gran mayoría de pueblos y estados quieren que los EE.UU. deroguen las leyes nacionales que imponen la pena de muerte, pero sin embargo el país aplica sus propias leyes en su territorio.
De la misma manera, ellos tendrían que tolerar al menos que Somalia aplique sus propias leyes en su territorio. Los americanos nunca cederían una onza de soberanía nacional a no ser que ellos pensaran que pudieran reconquistarla -con un pequeño pedazo de la soberanía de otros estados. Basta mirar la farsa de la Organización de los Estados Americanos. El plan debía incluir a América Latina y Canadá dentro de un acuerdo neo-imperial con ’USAMERICA’ como el corazón y el resto de los dos continentes del Norte y Sudamérica como dependientes en la periferia económica bajo el patrocinio ’USAMERICAN’ para mantener economías orientadas a la exportación primaria enfocadas por industria. Este régimen, que fue asquerosamente parasitario por parte de los EE.UU., pero groseramente eficiente en la dominación del mundo durante los 60 años pasados, ha persistido.
EE.UU. fue el primer país en ampliar sus aguas territoriales más allá de la idea común de los estados del viejo mundo, que había reclamado desde la época medieval sólo tres millas náuticas (la distancia en el que podría ser ejecutada por un disparo de cañón de la tierra) como su territorio en el mar. Utilizando el principio del derecho consuetudinario internacional del derecho de una nación a proteger sus recursos naturales, en 1945 el presidente Truman extendió el control de EE.UU. a todos los recursos naturales de su plataforma continental. Otras naciones se apresuraron a imitarlos. Entre 1946 y 1950, Argentina, Chile, Perú y Ecuador extendieron sus derechos a una distancia de 200 MN para cubrir sus zonas de pesca de la Corriente de Humboldt. Otras naciones extendieron su mar territorial a 12 millas náuticas. En 1967, sólo 25 países seguían utilizando el antiguo límite de tres millas, mientras que 66 países habían establecido un límite territorial de 12 millas y ocho habían establecido -como Somalia en 1972- un límite de 200 millas. A día 28 de mayo de 2008, sólo dos países todavía utilizan el límite de tres millas: Jordania e Islas Palau. El límite también se utiliza en algunas islas de Australia, un área de Belice, algún estrecho japonés, algunas zonas de Papúa Nueva Guinea, y algunos territorios británicos de ultramar como Anguila.
La expansión visionaria de las aguas territoriales de 200MN por Somalia y otros Estados tiene por lo tanto legitimidad y -aunque tal vez menospreciada por la piratería- es también la expresión de asumir la responsabilidad. A pesar del deplorable estado actual de la seguridad en Somalia, la idea que el pueblo somalí volverá a tener la fuerza para cumplir con su responsabilidad de gobernar los mares de Somalia a una distancia de 200MN, debe y no puede ser descuidada.
La Ley N º 37 de Somalia también regula el llamado "paso inocente" de los buques mercantes extranjeros, que sólo puede admitirse si el Estado cuya bandera enarbole el buque es reconocido por Somalia y si las autoridades somalíes han sido al menos informadas y no han formulado ninguna objeción a la aprobación. El transporte ilegal de armas, como el supuestamente realizado por el MV Faina, los buques franceses de investigación de prospección de petróleo o los buques pesqueros de bandera extranjera ilegal en aguas somalíes sin duda han violado esta ley somalí de base.
El artículo 10 de la Ley N º 37 de Somalia también estipula desde el año 1972 que: "a los buques de guerra extranjeros no se les permite pasar a través del mar territorial (200MN) a menos que sean autorizados por el Gobierno de Somalia." Eso era y es la regla y se ha respetado a nivel internacional obligatoriamente desde 1972 hasta 1991.
Sin embargo, una carta inexistente, supuestamente firmada por el ex Gobierno Federal de Transición (GFT) del presidente Abdullahi Yussuf, o ilegalmente firmada en una versión posterior -firmada por el no somalí Ould-Abdallah, quien de todos modos celebrará los poderes gubernamentales somalíes– no tiene ciertamente ninguna trascendencia jurídica en relación con tales "permisos" o peticiones, lo que hace que la ocupación actual de las aguas de Somalia por la armada naval sea asimismo ilegal. A pesar de que todo el mundo coincide con claridad en que la piratería tiene que terminar y ve la necesidad de frenar la piratería y otros delitos en alta mar, así como dentro de aguas territoriales de Somalia, uno tiene que darse cuenta de que una injusticia no puede ser contenida con otra injusticia. Mientras tanto, ha quedado claro a cualquiera que la piratería procedente de las costas de Somalia y la delincuencia marítima cometidos por los somalíes no pueden ser exterminados por una armada naval que viole los derechos y la soberanía de Somalia y de los somalíes. Las leyes se hacen y deben aplicarse para evitar y luchar contra las injusticias, pero no para crear nuevas injusticias.
Somalia tiene una zona económica exclusiva de 200MN basada en la Ley de las Naciones Unidas para el Derecho Común del Mar (UNCLOS) derivada de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la que Somalia es uno de los primeros 40 signatarios, y que fue ratificado por el Parlamento de Somalia el 24 de julio de 1989 -cinco años antes de que el número requerido de países que firmaron fuese aplicable. La convención entró en vigor el 16 de noviembre de 1994 y por consiguiente, obligará a todos los Estados signatarios -incluso si no han reconocido posteriores gobiernos de Somalia después del 6 de enero de 1991. Aun cuando algunos Estados sostuvieron que no había "Gobierno legítimo y reconocido de Somalia", esto no significa que el régimen jurídico de la persistencia de la legislación nacional y las leyes internacionales - como la Convención - ya no sean aplicables. Es muy simple de entender: Si llaman a la puerta de una casa que no es suya y nadie le da la bienvenida en el interior, ciertamente no tienen derecho a entrar sólo porque nadie te responde. De la misma manera, si por ejemplo el capitán de un navío de pesca quiere entrar en aguas somalíes y cree que no es necesario tener el permiso requerido según la ley nacional o internacional porque el Estado de la bandera del navío no ha reconocido la legitimidad de un gobierno dado somalí o simplemente porque nadie había respondido a una demanda de la entrada, él se equivocaría, y tendría que quedarse fuera de aguas somalís, cueste lo que cueste.
No importa que algunos Estados y grupos intententen crear la impresión de que Somalia no tiene una ZEE, argumentando que los mapas en cuestión no se muestran en la página web de la ONU. El gobierno somalí ha declarado su zona económica exclusiva y las cartas pertinentes están en Mogadiscio y también en las oficinas de las Naciones Unidas desde antes de la guerra. No es culpa de los somalíes si la ONU las ha extraviado.
Sin embargo, la cuestión clave aquí es que Somalia ha declarado su zona económica exclusiva sobre la base de y junto con su firma y ratificación de la Convención en 1989. El concepto de zona económica exclusiva no puede ni debe utilizarse para reducir los derechos de Somalia sobre sus aguas.
Somalia tiene una CSZ de 350MN, basada en el derecho internacional y la demanda de Somalia documentada y entregada por Somalia el 17 de abril de 2009 a las Naciones Unidas y la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos antes de la fecha límite del 13 de mayo de 2009. El establecimiento de los límites exteriores de la plataforma continental más allá de 200MN es el derecho de todos los estados costeros según el derecho internacional. Que podría haber cuestiones acerca de cómo la ley será utilizada e interpretada para la elaboración de acuerdos vinculantes en relación con los límites específicos es a pesar del hecho de que los límites (por ejemplo, entre Kenia y Somalia, o entre Djibouti y Somalia) han sido y son claros desde que Somalia firmó y ratificó la Convención en 1989. Los intentos de torcer o alterar dichos memorandos, que al igual que en el caso de Kenya fue instigada por los intereses de Noruega, debería ser una advertencia.
SOBERANÍA SOMALÍ, DERECHOS MARINOS Y MARÍTIMOS
Mientras que la UA (Unión Africana) y estados como Indonesia y Alemania respetan la Ley de Somalia del Mar y la zona económica exclusiva de Somalia, países como España o Italia, sólo respetan indirectamente este régimen jurídico por haber indicado a sus buques que permanezcan fuera del área de las 200MN, mientras que los buques españoles o italianos de su propiedad bajo bandera de conveniencia, como muchos otros, continúan la caza furtiva de peces en aguas de Somalia.
Pero incluso estados como Francia, que desde el principio intentó mantener el argumento de que los mapas de la Convención-ZEE no aparecen en la página web de la Convención, por lo que Somalia no debe tener una zona económica exclusiva, mediante una declaración de su presidente, Nicolas Sarkozy, - dada durante un reunión celebrada en Libia - declaró oficialmente que ahora Francia también respeta la zona de 200MN de Somalia. El hecho de que la Unión Europea (el conglomerado de los países del viejo mundo) comparte su zona económica no afecta a Somalia, pero fue interesante la razón por la que Noruega no entró en la UE como miembro.
Pero, ¿qué tratan de manifestar Noruega (y otros actores como la UE y la OMI -Organización Marítima Internacional) con el "restablecimiento" de la zona económica exclusiva de Somalia y su injustificada "ayuda" sino seguir la línea marcada por los EE.UU., que obligaría a los somalíes a abolir la Ley de Somalia sobre el mar y sus aguas territoriales 200MN, así como también que se cepillen y olviden bajo la alfombra todos los casos de violaciónes de la ley de Somalia que han sido documentados durante los últimos 20 años. Todos los casos de los últimos 20 años -en los que Somalia no pudo defender sus derechos- deberían sobreseírse, ya que argumentan que este nuevo "establecimiento formal de una zona económica exclusiva" significa que no se había producido antes de la ZEE, lo que simplemente no es verdad.
Muchos estaban presentes en Mogadiscio en los años anteriores a 1991 y siguen viviendo como testigos clave de los acontecimientos, cuando delegación tras delegación de otros países trataron de obligar o convencer al gobierno de Siad Barre para acabar con la Ley de Somalia sobre el Mar y sus disposiciones de 200MN porque querían un acceso sin trabas a las aguas somalíes y sus recursos.
Leyes de estados como Somalia y Perú llevaron a la comunidad internacional a darse cuenta de que sería una buena idea tener las aguas marinas regidas por los estados costeros a las que pertenecían. Esto dio lugar a las disposiciones legales que se encuentran hoy en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y la idea básica de la creación de una ZEE de 200MN para todos los estados costeros, y establecer disposiciones para aquellos que aún no habían declarado una zona de 200MN. Cambiar esto ahora e ir contra de uno de los países fundadores debería ser visto como un acto de agresión escandalosa.
Hoy, después de 20 años de guerra civil, y mientras el gobierno somalí y la población somalí, que nunca en la historia de Somalia ha sido tan débil y vulnerable, las fuerzas externas creen que tienen ante ellos un momento ideal para presionar por el cambio en la historia del derecho legal únicamente por su propios intereses.
No olvidemos que el único interés que tiene la maquinaria estatal de Noruega en Somalia son las reservas potenciales de petróleo y los recursos pesqueros. Esto es especialmente cierto con las concesiones petroleras en alta mar, donde creen que pueden obtener una ventaja sobre los franceses, que ya tienen contratos secretos en relación con la perforación en alta mar en aguas de Somalia. Que los noruegos en realidad ayudaron a vencer el plazo del 13 de mayo de 2009, que la Autoridad Internacional había fijado para la declaración de intereses en el CSZ, no debe conducir a una situación en la que los somalíes se queden con los ojos vendados con los ojos vendados para renunciar a otros derechos.
Aunque se han manifestado la nueva normativa de 350MN de plataforma continental más los derechos de Somalia, esto no debería conducir a una situación en la que una ampliación de ciertos derechos limitados se negociara como un debilitamiento de la base de los derechos en la parte trasera. Esto hace que EE.UU. no esté contento con esos estados, quienes basados en el derecho internacional y nacional pueden refutar a la Marina de los EE.UU. el derecho a navegar en las costas de un Estado soberano, hecho que se ha manifestado recientemente en un casi mortal enfrentamiento entre China y EE.UU. en el Mar de China del Sur.
Asimismo, el delegado de Indonesia de las Naciones Unidas declaró en la ONU que la nación del sudeste asiático se ha sumado a los esfuerzos del Consejo de Seguridad para hacer frente a incidentes de piratería frente a las costas somalíes mediante la adopción de las resoluciones de la ONU 1816, 1836 y 1846. Sin embargo, el delegado destacó que las resoluciones para abordar la piratería no deben afectar a los derechos, obligaciones o responsabilidad de los Estados en virtud del derecho internacional, ya que ante todo debe respetarse en primer lugar la soberanía de una nación.
Somalia tiene una zona de 200MN de aguas territoriales, como los estados nacionales reconocidos de Benin, República del Congo, Ecuador, El Salvador, Liberia y Perú. En el Perú estas disposiciones están recogidas en la Constitución.
El dominio marítimo y el derecho a ejercer la soberanía y la jurisdicción no debe ser abandonado por Somalia, sobre todo porque la Declaración de Santiago de 1952 en su preámbulo afirma que "los gobiernos están obligados a asegurar a sus pueblos el acceso a los alimentos necesarios y proporcionarles los medios de desarrollo de su economía. La declaración afirma también que la zona económica debe extenderse no menos de 200MN de la costa.
La Declaración de 1970 de los Estados de América Latina sobre el Derecho del Mar añadió que la decisión de extender la jurisdicción más allá de los límites del mar territorial fue consecuencia de "los peligros y los daños resultantes de las prácticas indiscriminadas y abusivas en la extracción de recursos marinos "así como" la utilización del medio marino "que da lugar a" graves peligros de contaminación de las aguas y la alteración del equilibrio ecológico ".
Los recursos naturales de los mares de Somalia son los únicos activos para un futuro próspero del pueblo somalí, por lo que incluso tanto la Unión Africana durante la década de 1990, la Declaración de Maputo y las conferencias de Ciudad del Cabo referentes al desarrollo de las costas de África claramente instaron al mundo a respetar la zona económica exclusiva de Somalia. Cualquiera que diga que Somalia no tiene ZEE no sólo está propinando una bofetada en la cara al pueblo de Somalia, sino también a todas las naciones de la Unión Africana.
Tengamos cuidado con los lobos de Noruega o su "contrapartida" somalí Warabe que aparecen bajo la piel de un cordero haciéndose pasar por un amigo. Pongámonos de pie para permanecer fuertes en la defensa de la soberanía de Somalia en su conjunto, incluidas sus aguas y sus recursos naturales.
Que tengamos pendiente encontrar una solución a los problemas internos mediante el fortalecimiento de los gobiernos regionales y locales a fin de recuperar nuestra unidad, son temas que corresponden a nuestros propios asuntos internos y no afectará a las disposiciones legales de relevancia internacional. Los problemas de Somalia no deben dar razones a la falta de respeto de nuestros bienes comunes o a debilitar nuestra defensa común contra cualquier agresor externo.
Incluso cuando estamos de rodillas y tenemos que pedir ayuda, la comunidad internacional tiene que respetar en primer lugar la soberanía de Somalia y sus leyes antes de que puedan ser aceptados como amigos. Regalos en forma de caballos troyanos, deben desestimarse y aquellos que conspiran con tales estafas deben ser vistos como lo que son: traidores y enemigos de los somalíes.
Dr. Abdulkadir Salad Elmi escribió este artículo originalmente para ECOTERRA Internacional y ha sido reeditado por el periódico Somalitalk.
Traducción de Africaneando.
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