La Segunda Sala de Verano de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar este viernes un recurso de amparo presentado por tres organizaciones mapuches de Maipú que reclamaban una persecución de parte de carabineros de la 25° Comisaría de esa comuna, quienes solicitaron sus datos personales a la municipalidad para mantener mejores nexos con las comunidades indígenas de la zona.
Los mapuches que pidieron la medida, liderados por Carmen Meillán junto a la agrupación Nutuikarone Mapu, Pewma Pu Domo y la Comunidad Mapuche de Maipú, acusaron a Carabineros de cometer "actos arbitrarios e ilegales que amenazan o perturban la libertad personal y seguridad individual", debido a que el 10 de enero el Suboficial mayor Eduardo Pizarro, pidió los antecedentes de los dirigentes a la oficina de asuntos indígenas de la Municipalidad de Maipú sin dar ninguna explicación ni acompañar algún documento que justificara su petición, amparándose en la Ley de transparencia.
Los líderes indígenas señalaron que tras ello comenzaron a recibir reiterados llamados telefónicos de la policía en donde ofrecían talleres, tras lo cual los interrogaban sobre las actividades de sus socios para establecer vínculos con las comunidades mapuches del sur, lo cual atribuyeron a las operaciones de inteligencia ordenadas por el Ministerio del Interior para investigar los mega incendios ocurridos en enero del presente año.
Desde Carabineros, el asesor jurídico Javier Musante confirmó en la causa que Pizarro concurrió a las oficinas de asuntos indígenas de la Municipalidad de Maipú por orden de la capitana Paola Muñoz, quien le encomendó la creación de un equipo de trabajo para informar las acciones realizadas por la policía en beneficio de los pueblos originarios.
Considerando este antecedente, la Corte presidida por el Ministro Juan Manuel Muñoz, Juan Cristóbal Mera y Jessica González señaló que "no se adquiere convicción acerca de la existencia de alguna actuación arbitraria o ilegal que amenace, perturbe o prive ilegítimamente a los amparados de su derecho a la libertad personal".
No hay comentarios:
Publicar un comentario