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martes, 8 de febrero de 2011

PANAMA: Declaración y Movilización contra la Minería en Panamá


Fuente: radio temblor

radiotemblor1@gmail.com

Por este medio y ante la inminente aprobación del Proyecto de Ley Nº 277, que establece reformas al Código de Recursos Minerales de la República de Panamá, después de una semana de consultas ante la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional de Diputados deseamos expresar:

1) Nuestra más profunda preocupación sobre el proceso y el contenido de este polémico y nefasto Proyecto de Ley que atenta contra la seguridad ambiental y la soberanía de Panamá. La falta de consulta previa a la presentación del proyecto, elaborado en secreto y a puertas cerradas, hace que las “Jornadas de Consulta” actuales ante la Comisión sean extemporáneas e improductivas, ya que las bases de estas modificaciones no fueron previamente consultadas con los diversos sectores de la sociedad civil y comunidades afectadas, así como tampoco fueron nunca públicos ni los borradores, ni los textos científicos (si los hay), o las opiniones de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) al respecto, después de numerosos intentos de obtener tales datos por parte de grupos interesados. Todo ha ocurrido sin contemplarse ni de la manera más casual la participación y opinión de la Comisión de Ambiente y Desarrollo de la misma Asamblea Nacional, trastocando el Reglamento Interno de este Órgano del Estado.

2) En particular preocupa la posición recalcitrante de los representantes del gobierno de no integrar de manera efectiva los aportes de la sociedad civil en su conjunto. Es desconcertante, y ante todo anti-democrático, que la Comisión competente en la Asamblea y el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) hagan caso omiso a una propuesta de trabajar en comisiones para un profundo análisis y mejoramiento del Proyecto de Ley, tal cual fue planteado ante el Ministro de la Cartera por las asociaciones civiles antes de que la Comisión iniciara las “consultas” sobre el Proyecto.

3) El contenido del proyecto -a pesar de ser mercadeado como una norma “para el ambiente” o para “darle herramientas a la ANAM”- está plagado de errores de redacción que complican el entendimiento de las funciones de esa institución para el control ambiental de la minería, condicionando las inspecciones que hoy hace la ANAM, por razón de su competencia, al requerimiento de la Dirección de Recursos Minerales del MICI. Además de ello, ordena a la ANAM realizar auditorías ambientales, sin que exista regulación al respecto, toda vez que no es este organismo, sino la Contraloría General de la República la que tiene la potestad gubernamental para hacerlo. En adición condiciona las acciones preventivas de suspensión, propias de los procesos de investigación, al no otorgar el efecto suspensivo a los recursos legales que presenten las empresas mineras, facilitando a que éstas sigan contaminando.

4) El proyecto también deroga el artículo 165 del mismo Código, que ordena colocar en Gaceta Oficial los nombres y domicilios de los servidores públicos que reciban las solicitudes de concesión y sus correspondientes pagos, mientras evita el derogar artículos que posibilitan que personeros de gobierno mantengan intereses en concesiones mineras.

5) El proyecto permite aspectos hoy prohibidos por la Ley, como que el Estado cree empresas privadas con capital estatal, contrario a lo que ordena la Constitución, o que es peor, que Estados extranjeros alimenten de capital a empresas privadas, en ambos casos, irrespetando la separación que en estos casos debe existir entre “lo privado” y “lo público”, creando distorsiones entre los agentes económicos y aventajando a estos nuevos empresarios injusta y desmesuradamente sobre otros actores de la sociedad civil, el propio Estado panameño y las mismas empresas panameñas que se verán enfrentadas al fomento de la competencia desleal en este sector.

6) Es más preocupante el Proyecto de Ley cuando se da en un contexto en el que los procesos de evaluación ambiental se han dejado a la incertidumbre, ya que ni siquiera se ha reglamentado lo aprobado durante el diálogo de la Ley 30 sobre las Evaluaciones de Impacto Ambiental, a pesar de los esfuerzos del movimiento ambiental para trabajar en esta reglamentación.

7) Asimismo una debilitada ANAM no se ha pronunciado al respecto de esta Proyecto de Ley 277, y que, sumado a décadas de incumplimientos, desastres ambientales, promesas incumplidas y denuncias ciudadanas sobre la manera en que los proyectos relacionados con la minería metálica y no metálica se han llevado en el país, acrecientan el nivel de preocupación de la ciudadanía panameña frente al tema.

Solicitamos, con el respeto que nos caracteriza, se suspendan las discusiones de este proyecto de Ley, hasta que se puedan establecer mesas de trabajo que analicen los temas en un diálogo de calidad elevada, que sea transparente, técnico y científico, mientras se discute el proyecto de Ley de Moratoria a la actividad minera que debe entrar en efecto mientras se da la mencionada discusión a nivel nacional, consultando de abajo hacia arriba, como es la característica de países democráticos a nivel mundial.

Dado en Panamá, el día 31 de enero de 2011, y suscrito por las siguientes organizaciones e individuos:

Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON); Fundación Avifauna; Panamá Sostenible (PASOS); Centro de Incidencia Ambiental (CIAM); Fundación para la Protección del Mar (PROMAR); Almanaque Azul; Audubon Panamá; Fundación Albatros Media; Coordinadora Nacional de Pastoral Indígena; Dr. Azael Barrera; Harley Mitchell; Comité de Protección al Paciente y Familiares (Propafa); Federación de Comunidades de Áreas Revertidas; Asociación de Propietarios y Residentes de Clayton (Aprecla); Comisión de Derechos Humanos de la Comarca Ngobe Buglé

ORGANIZACIONES DE LA ASAMBLEA CIUDADANA

Asociación Ecologista Panameña; Asociación de Derecho Ambiental; Asociación Panameña de Derecho Constitucional; Asociación Conciencia Ciudadana; Asociación Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá; Asociación Verde de Panamá

Centro de Estudios y Acción Social Panameño (CEASPA); Centro de Estudios, Promoción y Asistencia Social (CEPAS); Centro de Estudios y Capacitación Familiar; Centro de Trabajo sobre Seguridad Social; Central General de Trabajadores de la República de Panamá (CGTP); Central Nacional de Trabajadores de Panamá CNTP; Consumo Ético; Colectivo Voces Ecológicas; Coordinadora Nacional de Pastoral Indígena; Human Rights Everywhere; Federación de Asociaciones de Profesionales de Panamá; Foro Mujer y Desarrollo; Espacio Encuentro de Mujeres; Madres Maestras; Manos & Cerebros; Servicio Paz y Justicia- Panamá; Movimiento Democrático Popular; Unidad de Lucha Integral del Pueblo; Sindicato de Periodistas de Panamá; Voces Libres de Panamá

ORGANIZACIONES CHIRICANAS

Amigos del Parque Internacional La Amistad (Amipila); Fundación para el Desarrollo Integral , Comunitario y Conservación de los Ecosistemas en Panamá; Asociación de Productores Agroecologìstas La Amistad (Adpaela); Colibrí Asociación Ecologista de Panamá; Asociación Agroecologista Macho de Monte; Asociación Ambientalista de Chiriquí; Asociación Conservación de la Biósfera; Grupo Ecologista para la Conservación del Parque Internacional La Amistad (Gerpropila); Asociación Ecologista de Productores Orgánicos de Rovira (Asepor); Centro Misionero de la Concepción para la Defensa del Ecosistema (Cemcode)


Asociación Agroecoturística la Amistad (Asaela); Grupo Expedición Natural Agroecoturística (Genat); Asociación de Productores de Cultivos Exportables (Apce); Comité por la Defensa del Río Gariché y sus afluentes

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